miércoles, 31 de enero de 2007

Con la Reforma al Código Penal y Procesal Penal cada día me convenso más que nuestro país legisla por emoción sin ninguna cientificidad, ausencias de técnicas legislativas y lo peor, con una abundancia de términos que más que jurídicos resultan ser poéticos, dando como resultado una serie de disparates, que además de no ser jurídicos son antinómicos. En esta reforma, en teoría se propugnaba por la adopción de un sistema acusatorio y grantista que borrara para siempre el pérfido sistema acusatorio que por décadas hemos tenido, pero como en muchos injertos los resultados a veces resultan ser como Igor (¿recuerdan el monstruo de Frankestain?), me llamó la atención la pomposidad que se daba al Magistrado de Garantías cuando se le define como el que "se entroniza como verdadero ejecutor de un sistema procesal libertario". Han de perdonar mi ignorancia pero aún no conozco ningún sistem denominado procesal libertario, y de existir no podría convivir jamás con un sistema garantista si nos vamos a sujetar al significado conceptual de cada término. Por otra parte, mientras las corrientes penales modernas propugnan por leyes flexibles pero de rígida aplicación, inverso a lo que actualmente vivimos, no comprendo cómo han podido aumentarse las penas para los delitos culposos y se rebaje la pena y su prescripción en otros, que si como están no son buenos, como los han dejado estan peor, aupan la corrupción que tanto se ha criticado. Por ejemplo: si actualmente la prescripción era de dos veces la condena, y ahora es igual, y se me antoja defalcar al erario público, irme de paseo por 4 años a las Bahamas, a los cuatro y medio puedo estar felizmente de regreso, con una buena cuenta de banco y libre porque se me prescribió la acción penal. No propicia esto la corrupción estatal, o se trata de beneficiar a alguien con el cambio? No lo sé. Volviendo a lo emotivo de nuestras normas, dos sonados casos de accidente vehicular, lamentables por las vidas perdidas, hacen que la pena aumente, por Diosssssssssssss quién quiere causarle la muerte a otro en la carretera si la probabilidad de que quien la causa es también de 50% de sufrir lesiones o hasta la muerte. El aborto y la violencia doméstica, otra polémica dentro de la sociedad. Para el primero, nuestra tradición católica se opone y la línea social se inclina a la permisión, pués ete lo amplian hasta más alla del 7º mes -no me parece- y la violencia que ha sido causa de mucos crímenes este año, y que la ciudadanía pide mayor atención, la dejan igual.
Además de los desaciertos normativos, como ya indiqué, está el uso de un lenguaje tan extravagante como "nudo gordiano" , señores codificadores, las normas tienen un destinatario específico, el ciudadano, y estoy segura de que la gran mayoría ni idea tiene de donde queda Gordion, y menos a que se refiere "nudo gordiano", como que tampoco lo sepan muchos abogados o "ilustres ". No sé si será la tradición, el ego, el desborde de "conocimientos" o qué, pero no considero que el derecho expresado en la norma deba expresarse en un léxico inintelegible para quienes la deben conocer para y evitar se las apliquen. O de repente es sólo una apreciación personal porque detesto ir al médico y que me hable de sustancias y enfermedades en términos que no entiendo, que después del susto y la tortura de buscarlos en no se cuántas enciclopedias e internet, resulta que era un simple resfriado; o seré la abogada más simple que no le gustan tantas complejidades y excentricidades para sentirme que fuí a la universidad, no lo sé.

lunes, 29 de enero de 2007

LA PLUMA CÁUSTICA NO IRRESPETA,
PONE EL DEDO EN LA LLAGA.


Titulo así este artículo porque particularmente me gusta la pluma de Emil Zola, Voltaire, Shopenhauer, entre otros, y me gustan porque son cáusticos –entendiéndose en su sentido agresivo- al expresarse, prefieren ser directos que polites para que no se tenga la menor duda de lo que realmente quisieron expresar, y así de cáustico, muy descriptivo de la realidad me pareció el artículo publicado en la prensa del 16 de enero, titulado ¿Reforma legal o disparate jurídico? de Pedro Sittón Ureta, en el que hace acotaciones contra los nuevos proyectos de códigos Penal y Procesal Penal, las cuales son coincidentes en su totalidad con la posición planteada por la Asociación Panameña de Derecho Constitucional ese mismo día en Salón Azul de la Asamblea de Diputados. Pedro Sittón tiene muy claro que en ambos proyectos no se desarrolla una metodología armoniosa y coherente, concordantes con la Constitución y otras normas, que haciendo alquimia entre leyes y derecho, como si ambas fuesen la misma cosa, se produce ese voluminoso cuerpo legal, ininteligible para su destinatario, el ciudadano. Amén del uso de “nuevas” formas de conjugaciones verbales e introducción de terminología “pseudojurídica” como la usada para ponderar la grandeza del Juez de Garantías al entronizarlo como “el verdadero ejecutor de un sistema procesal libertario”, expresión que al ser atacada por nuestra asociación, por sugerir una subliminal anarquía, además de haberse traído por los cabellos desde una corriente económica conocida como libertaria que propugna por una autorregulación, por el no sometimiento a gobierno o ley alguna; una corriente económica anárquica, porque lo que desconoce las leyes y gobiernos es anarquismo, fue motivo de malestar y réplica en algunos, cuando lo que verdaderamente se pretendía era alertarles de que un sistema procesal libertario -mejor no lo pudo haber dicho Sittón- es un disparate jurídico que se contradice en todo con los más de 700 artículos de estos proyectos, si el sistema o sus jueces de garantías son libertarios, para qué estos códigos. Igualmente concordamos con el autor de ¿Reformas legales o disparates jurídicos?, en que no hay concordancia entre los pactos y convenios internacionales de los que somos Estado parte, específicamente el Estatuto de Roma, como tampoco la hay con muchas otras normas vigentes. Es una pena que las apreciaciones dichas de manera directa y sin tapujo causen escozor y malestar. El libro de los proverbios tiene uno en particular que reza: “quien os da palabras dulces, os alimenta con cucharas vacías” y quienes duramente, critican los proyectos, sin que ello desmerite el esfuerzo de los codificadores, no les están alimentando con cucharas vacías. No se al resto de los lectores, pero a mí si me gustó el artículo de Pedro Sittón, clarito como el agua de la tinaja.

Enero 16, 2007 (publicado en Diario La Prensa)
COCINA JURÍDICA

Con la proliferación de los programas de cocina tanto nacionales como extranjeros, los cuales en apariencia aparentan ser un buen negocio, va desarrollándose a la par otro tipo de cocina, “La Cocina Jurídica”, la cual podría ser lucrativa para pocos, pero indigesta para muchos, y es que sus ingredientes van tirándose como quien hace un refrito. ¿Hasta cuando? resulta terrorífico escuchar, y a veces leer, como el estado de derecho y las normas jurídicas se van volteando al estilo de un bistec, el caso más palpable fue la destitución del Defensor del Pueblo. Todavía no me cabe en la testa que el ente que hace las leyes, con desfachatez las tuerza. Desde que se dio la elección estuvimos escuchando cualquier cantidad de aberraciones jurídicas que realmente no sabemos si se habla de derecho o de temas emocionales. He aquí algunas de las mencionadas en los medios: 1) retrotraer el proceso a su etapa inicial. Imposible en derecho existe la preclusión o vencimiento de los términos y quienes presentaron denuncias informales y extemporáneas, sabían perfectamente bien cuales eran los mecanismos legales y las formalidades que se exigen aún para que se les reciba por insistencia, 2) destitución vía administrativa ejecutada por la Asamblea. Esto es increíble, el Defensor no es un funcionario administrativo nombrado por la Asamblea, ésta simplemente lo eligió por votación, no pertenece a la categoría de libre nombramiento y remoción, no es un funcionario de la Asamblea, y para removerlo de su cargo, además de los dos tercios que requiere (por votación también), es necesario que el Defensor incurra en alguna de las causales que la Ley 7 de 1997 y lo que sus modificaciones contempla, además de que la infracción se haya dado durante el ejercicio de su cargo, no antes, 3) proselitismo político. El último pataleo de ahogado que se argumentó (el peor de todos y de doble filo para los funcionarios políticos), y que la Comisión Ad Hoc dio como causal, al no encontrar ninguna, para su recomendación de destitución del Defensor. Pregunto yo: ¿cómo puede hacerse proselitismo político fuera de periodo electoral?, y si así fuera, ¿cómo se explica que funcionarios públicos y hasta diputados acudan a los programas televisivos a hablar de política y partidos políticos en horas en que deben estar en sus puestos? Son dos cosas preocupantes de todo este caldero legal; 1) que se diga que no encuentran la inconstitucionalidad de todo lo que al Defensor se le ha hecho en materia jurídica, parece que los esfuerzos por enrumbar nuestras normas hacia un sistema procesal Garantista serán en vano si no se entiende que aún sin este sistema, nuestra Constitución consagra principios fundamentales como el debido proceso (en lo administrativo y en lo judicial), que implica notificación, traslado, descargos, etc. (cosa que no se dio), y el no juzgamiento sin causa y procedimiento previsto en ley anterior. 2) que el desconocimiento, no de normas, sino del derecho procesal, llegue al ciudadano común con una interpretación distorsionada del derecho, lo cual resulta gravísimo, después se preguntan por qué no hay credibilidad el sistema y menos en la justicia. Todos tendremos que pagar el costo social y económico, igual que pagamos el del proceso Faúndes, con nuestros impuestos, por un proceso más emocional que legal. No comparto el examen de suficiencia académica que el proyecto de la abogacía pretende imponer por inconstitucional (art. 99), pero si hemos de hacer cocina jurídica, entonces valdrá la pena dicho examen.

Julio-2006.